Incentivos Municipales para las Construcciones Sostenibles
De acuerdo a lo que publica el Consejo Paraguayo de Construcción Sostenible (Green Building Council) en su sitio web refiriéndose a las construcciones sostenibles “La implementación de sistemas sostenibles genera contundentes beneficios al bajar en promedio 30% de ahorro de energía, 35% de carbono, entre 30% y 50% de agua y entre 50% y 90% de costos de desechos, esto sin contar la mejora en la salud y la productividad de quienes los habitan”.
A nivel internacional destaca la labor del Consejo Mundial de Construcción Sostenible o World Green Building Council (WGBC) que es una red global con presencia en más de 70 países y que considera que las construcciones verdes (sostenibles) son una de las mejores soluciones (en cuanto a costo-beneficio) para el cambio climático que pueden contribuir de manera significativa con beneficios ambientales, económicos y sociales.
De acuerdo al WGBC una construcción es “verde” es una construcción o edificio que en su diseño, construcción u operación, reduce o elimina los impactos negativos y puede crear los impactos positivos en relación al clima y al medio ambiente.
Existen varios elementos que se tienen en cuenta para considerar una construcción verde, tales como:
Uso eficiente de la energía, del agua y otros recursos
Uso de energía renovable, tal como la energía solar
Medidas para la reducción de la polución y los desechos y la capacidad de re-utilizar y reciclar
Calidad del aire interior de los ambientes
Uso de materiales que no sean toxicos, eticos y sustentables
Consideración del medio ambiente en el diseño, construcción y operación
Consideración de la calidad de vida de los ocupantes en el diseño, construcción y operación
Diseños que permitan adaptación a los cambios climáticos
Es importante mencionar que cualquier edificio o construcción puede ser una construcción o edificio verde, sea éste una casa familiar, una oficina, una escuela, un hospital o cualquier otro tipo de esctructura, siempre que estos incorporen los elementos mencionados.
En nuestro país, fue fundado en el año 2012 el Consejo Paraguayo de Construcción Sostenible (Green Building Council o CPYCS) como entidad sin fines de lucro con la misión de facilitar y promover el diseño y construcción sostenible.
Normas Paraguayas de Construcción Sostenible
Como resultado de un trabajo conjunto entre el Consejo Paraguayo de Construcción Sostenible y el Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN) a nivel nacional ya se han aprobado diversas normas técnicas que regulan la “Construcción Sostenible”.
Las normas aprobadas son las siguientes:
Norma Paraguaya INTN NP 55 001 14 que establece los requisitos generales sobre SITIO Y ARQUITECTURA;
Norma Paraguaya INTN NP 55 002 15 que establece los requisitos generales sobre RECURSOS MATERIALES;
Norma Paraguaya INTN NP 55 003 16 que establece requisitos generales sobre EFICIENCIA EN EL USO DEL AGUA;
Norma Paraguaya INTN NP 55 004 16 que establece requisitos generales sobre CALIDAD AMBIENTAL INTERIOR y
Norma Paraguaya INTN NP 55 005 16 que establece requisitos generales sobre ENERGIA y ATOMOFERA
Ordenanza Municipal N° 128/17
La Municipalidad de Asunción recientemente ha aprobado la Ordenanza N° 128/17 “Que regula y establece normas sobre construcción sostenible para la ciudad de Asunción como los incentivos para impulsar este tipo de construcciones en la ciudad”.
Los aspectos más destacables de esta Ordenanza son:
Se incorporan al régimen jurídico municipal todas las normas técnicas del INTN sobre construcción sostenible antes mencionadas;
Sin perjuicio de lo establecido en las normas técnicas del INTN se establecen normas de construcción sostenible especiales para cada norma;
Las normas sobre construcción sostenible de esta Ordenanza no modifican ni substituyen las disposiciones que reglamentan la actividad constructiva en Asunción regulada por la Ordenanza N° 26.104/1990;
Se crea el Registro de Organizaciones para inspección, verificación y certificación de obras de construcción sostenible. Para ello, la Municipalidad de Asunción se encargará de registrar, seleccionar y autorizar a asociaciones civiles sin fines de lucro (quedan excluidas las empresas comerciales) para realizar dictámenes técnicos, verificaciones técnicas y visitas de inspección de obras de construcción sostenible;
La tarifa a ser recaudada en concepto de dictamen técnico ha sido fijada por el Consejo Paraguayo de Construcción Sostenible (CPYCS) y debe ser pagada por el propietario de la obra;
Se establece las solicitudes y el otorgamiento de los permisos para obras de construcción sostenible tendrán un tratamiento preferencial;
Las organizaciones inscritas en el registro especial creado por la ordenanza deberán emitir un dictamen técnico favorable de manera previa para la aprobación de los beneficios e incentivos;
Se establece un régimen de incentivos para promover la construcción sostenible.
Incentivos
Esta ordenanza establece beneficios tributarios para obras de construcción sostenible relativos a la liquidación y pago del impuesto a la construcción.
Los criterios de elegibilidad son los siguientes:
Los beneficiarios solamente pueden ser los propietarios de las obras de construcción;
Las solicitudes de permiso para construir deben incluir medidas y/o sistemas constructivos regulados por la ordenanza o que utilizan los materiales constructivos regulados por la ordenanza;
Estas medidas, sistemas o materiales deben contar con la certificación respectiva;
Los proyectos de construcción serán calificados como “altamente sostenible” o como “considerablemente sostenible” y según esta calificación corresponderá la aplicación de la alícuota igual a una construcción de categoría “económica” y/o de categoría “mediana”, respectivamente (siendo éstas las categorías a las que se aplica las alícuotas más bajas para el cálculo del impuesto a la construcción), conforme a la escala establecida en la Ley N° 881/1981 que establece el Régimen Tributario para la Ciudad de Asunción.
Conforme a estas categorías se liquidará el impuesto a la construcción que corresponda.
Además, de lo referente al impuesto a la construcción, esta ordenanza establece una reducción de hasta el 50% de las tasas por recolección, disposición y tratamiento final de residuos sólidos urbanos por limpieza de la vía pública y por mantenimiento de desague pluvial.
Se espera que esta ordenanza que es el fruto de un esfuerzo compartido entre el sector privado y los sectores públicos involucrados tenga un impacto socio-ambiental relevante en el campo de las construcciones y que sirva de modelo para ser aplicado en otros campos de interés general mediante la concesión de incentivos basados en criterios de elegibilidad rigurosos y objetivos.